¿Quién paga el IBI en una compraventa?
La Ley Reguladora de las Haciendas Locales dispone en su artículo 75 que: el Impuesto sobre Bienes Inmuebles se devenga el primer día del período impositivo y que éste coincide con el año natural, así que el titular del inmueble a fecha 1 de enero es el obligado al pago.
Si se llega a un pacto distinto, y el comprador no lo abona, Hacienda le reclamará al vendedor que responderá con sus bienes.